Una vez te hayas registrado gratis y sin compromiso como nuevo usuario, configura tu empresa en el paso 1 con la región fiscal España - Ceuta y Melilla.
Así, cuando vayas a emitir una
factura ya te saldrá el IPSI en la factura y podrás seleccionar el tipo impositivo.
Si aún no eres usuario de Contasimple y tienes tu domicilio fiscal en Ceuta o Melilla, te animamos a probar el programa gratis. Así puedes ver si satisface tus necesidades en cuanto a facturación, contabilidad y otros impuestos.Tienes un mes gratis del plan ultimate, el más premium, para probar todas nuestras funcionalidades. Una vez se te agote el mes de prueba, pasarás automáticamente al plan básico, que es gratuito.
El IPSI es el equivalente al IVA de la Península y Baleares.
Para favorecer el comercio en Ceuta y Melilla, se fija un límite mínimo y máximo de tipo impositivo de entre el 0,5% y el 10%.
El IPSI grava la producción, elaboración e importación de toda clase de bienes muebles corporales, las prestaciones de servicios y las entregas de bienes inmuebles situados en Ceuta y Melilla.
Si eres autónomo o sociedad con domicilio fiscal en Ceuta o Melilla y vendes productos o prestas servicios dentro de estas regiones deberás facturar con IPSI.
Al tratarse Contasimple de una aplicación online para poder contratar un plan de pago sin IVA, envíanos un certificado conforme tu domicilio fiscal está en Ceuta o Melilla a soporte@contasimple.com.
Si eres autónomo, basta con que nos envíes copia del modelo 036 o 037 de alta censal, donde consta la residencia fiscal. En caso de no tenerlo, puedes solicitar un Certificado de Situación Censal en la Agencia Tributaria, bien en una de sus delegaciones o telemáticamente a través de su página web (si dispones de certificado digital).
Si tienes una sociedad, envíanos una copia de la tarjeta de identificación fiscal, ya que allí consta el domicilio fiscal de la empresa.
Si eres autónomo o sociedad con domicilio fiscal en Ceuta o Melilla y vendes productos o prestas servicios dentro de estas ciudades, deberás facturar con IPSI.
- Si eres autónomo o sociedad con domicilio fiscal en Ceuta o Melilla y vendes mercancías o prestas servicios fuera de estas ciudades, no deberás facturar con IPSI. La entrega de las mercancías será tratada como una exportación. Por lo tanto, por las aduanas. Si se trata de un servicio, los impuestos serán pagados por el cliente según la normativa que aplique en su país (inversión del sujeto pasivo).
Este supuesto aplica por igual tanto si vendes a la Península, resto de España, Unión Europea o país tercero.
-En este caso se trata de una importación (si se trata de entrega de productos), y por lo tanto no debes aplicar ni IVA ni IPSI, ya que la mercancía pasa por Aduanas como si vendieras a un país tercero.
Si se trata de la prestación de un servicio, el cliente de Ceuta o Melilla autónomo o empresario es quien se hará cargo de pagar el IPSI, si es de aplicación.
Si se trata de la prestación de un servicio a un particular de Ceuta o Melilla, tendrás que aplicar IVA como norma general. Pero existen múltiples excepciones, como por ejemplo, si se trata de servicios ofrecidos vía electrónica, telecomunicación, radiodifusión y televisión.
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