Al ejercer una actividad en la que vendes productos y servicios, tendrás que aplicar el IVA que tu cliente tiene que pagar en tus facturas.
Si vendes bienes, también tendrás que comprar suministros a tus proveedores, por lo cual tendrás que soportar el IVA en la factura que te emitirá tu proveedor y después tendrás que repercutirlo en la factura que emitirás a tu cliente.
El modelo 303 de IVA trimestral de la Agencia Tributaria tiene que ser presentado por todos los autónomos dados de alta, incluso si en ese trimestre no han tenido actividad.
Excepciones:
- Régimen especial de agricultura, ganadería y pesca.
- Régimen de recargo de equivalencia.
- Régimen simplificado (estimación objetiva o sistema de módulos en el IRPF).