1
Accede al módulo de Contabilidad haciendo click sobre la pestaña de
Contabilidad en la parte superior de la pantalla.
2
La pantalla que se muestra es un resumen de tu contabilidad. Selecciona el trimestre en el que quieres trabajar (también llamado período) del desplegable
de la parte superior derecha de la pantalla. El período que selecciones se mantendrá activo en las diferentes pantallas de la aplicación y toda acción
que realices hará referencia a él.
3
Accede a la opción de
Facturas Emitidas del menú de la parte superior izquierda de la pantalla.
4
Clicka sobre el enlace de
Nueva factura que encontrarás en el área de acciones, justo debajo del título de la página.
5
Rellena los datos del formulario de creación de factura tal y como explica el tutorial sobre
Cómo crear facturas emitidas, pero no la insertes todavía.
6
Una vez rellenado el formulario, despliega el panel de
Opciones Avanzadas.
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Si eres un usuario con domicilio fiscal en España (salvo Canarias, Ceuta y Melilla), y el destinatario de tu factura tiene
el domicilio fiscal fuera de España pero dentro de la Unión Europea, y además está inscrito en el VIES, deberás seleccionar
la opción
Intracomunitaria en el desplegable de tipo de operación.
Es importante remarcar que para que la factura se considere
Intracomunitaria no basta con facturar a una empresa o autónomo
de la Unión Europea sino que además el destinatario de la factura debe estar inscrito en el VIES (VAT Information
Exchange System), que es un registro de todas las empresas que operan a nivel intracomunitario.
Si la empresa no figura en dicho censo la factura deberá emitirse con IVA y tratarse como una factura
Nacional.
De hecho, si somos estrictos en la explicación, el destinatario no ha de pertenecer a la Unión Europea sino a un subconjunto
de la misma que se conoce como TAI (Territorio de Aplicación del IVA), y que corresponde a casi toda la Unión Europea salvo algunas
zonas con un régimen especial, como Canarias, Ceuta o Melilla, que no tienen IVA (y en su lugar tienen un impuesto diferente).
Lo mismo sucede para usuarios de cualquier país de la Unión Europea que facturen a otro país de la Unión.
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Por contra, si el destinatario de la factura tiene el domicilio social fuera de la Unión Europea, deberás seleccionar
Exportación.
Este caso también se aplica a los usuarios que no siendo de la Unión Europea facturen a una empresa que no es de su país.
Merece especial atención el caso de usuarios de España, con residencia fiscal en la Península Ibérica que facturen a Canarias, Ceuta o Melilla.
En ésos casos el tipo de operación a aplicar será también
Exportación (por estar fuera del TAI o Territorio de Aplicación del IVA).
Lo mismo sucede para usuarios de Canarias, Ceuta o Melilla que facturen a la Península Ibérica o a la Unión Europea.
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En cualquier otro caso, el tipo de operación deberá ser Nacional, tanto si se trata de operaciones que llevan IVA (sujetas)
como si se trata de operaciones sin IVA por tratarse de operaciones exentas (sujetas y exentas).
En caso de operaciones NO sujetas o con inversión del sujeto pasivo, seleccionar la opción correspondiente.
Es importante remarcar que la Agencia Tributaria clasifica las operaciones como sujetas a IVA o NO sujetas IVA,
y dentro de las sujetas, encontramos algunas que están exentas del impuesto, es decir, a pesar de ser sujetas a IVA no llevan IVA pero pertenecen a dicho
grupo porque reciben el mismo tratamiento que las sujetas a IVA.
Ejemplos de operaciones sujetas y exentas serían: los servicios hospitalarios o de asistencia sanitaria, ciertas operaciones de seguros y finacieras, etc.
Ejemplos de operaciones no sujetas: las entregas gratuitas de muestras de mercancías sin valor comercial estimable, los servicios prestados a las cooperativas por sus socios de trabajo, etc.
Si tienes dudas de si una operación está suejta o no a IVA, te recomendamos que consultes con la Agencia Tributaria llamando al teléfono de información tributaria: 901 33 55 33.
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Clicka sobre el botón Insertar Factura para crear tu factura.